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Actualizado el 29 de julio de 2010   
Publicidad

ANUNCIARSE EN www.lexfamily.es

La contratación de publicidad en Lexfamily se realiza por un determinado periodo de tiempo. El anuncio en cuestión será dado de baja cuando haya finalizado el período de tiempo contratado.

TARIFAS 2007/2008

BANNER COMERCIALES

 

Banner en cabecera

Banner portada

Banner en noticia

Un mes

300 euros

100 euros

50 euros

6 meses

1000 euros

500 euros

200 euros

Un año

1500 euros

800 euros

500 euros

PUBLICIDAD EN LA SECCION DE ABOGADOS

Un año

50 euros

CONDICIONES DE CONTRATACIÓN

1. La inserción o publicación del anuncio especificado en la correspondiente orden de publicidad ratificará plenamente dicha orden a todos su efectos.

2. Lexfamily, S.L. (en adelante El Editor) se reserva el derecho a rechazar la publicación del anuncio si considera que sus contenidos atentan contra la estética o el buen gusto; puede ocasionar perjuicios a terceros; no dispone de espacio para su publicación; le resulta imposible efectuarla en el lugar o forma indicado por el anunciante; no recibe los originales en los plazos previstos; y, en general, por cualquier causa de fuerza mayor.

3. El Editor distinguirá las informaciones publicitarias mediante la utilización de los mensajes o recursos gráficos que considere oportunos para delimitar tal condición.

4. Las órdenes remitidas al Editor por fax o correo electrónico tendrán la misma validez que las remitidas por correo con acuse de recibo o las que acrediten su entrega directa en las oficinas del Editor.

5. Serán por cuenta del anunciante u ordenante la realización y edición de los originales publicitarios así como la obtención de los elementos y materiales necesarios para ello (fotografías, textos, dibujos, imágenes, archivos electrónicos, etc.). Los originales se facilitarán al Editor en formatos electrónicos (GIF o JPG), bien en soporte magnético o a través de correo electrónico. Los archivos GIF podrán contener animación siempre que tal característica no demore la carga de las páginas al consultarlas. Las órdenes, acompañadas de los correspondientes originales, se entregarán con una antelación mínima de 2 días hábiles respecto de la fecha prevista para su publicación. Los diseños de los anuncios se mantendrán por meses completos. Los originales publicitarios sólo se devolverán si expresamente se solicita en la orden. En ningún caso se conservarán por un plazo superior a dos meses contado desde la fecha de la última inserción o publicación.

6. El Editor no será responsable de los perjuicios que se pudiesen ocasionar como consecuencia de órdenes no publicadas por no respetar los plazos de entrega de los originales publicitarios, ni de aquellos que se deriven de modificaciones a la orden original comunicadas por medios distintos al fax, correo electrónico u otro soporte documental debidamente acreditado, o fuera de los plazos establecidos para la recepción de órdenes.

7. La contratación de espacios publicitarios se realizará por meses completos con un mínimo de tres. Sobre el precio que se indica en la tarifa adjunta se girarán los impuestos que determine la legislación vigente. Cuando en la orden de publicidad no se especifique el precio del anuncio o éste no sea correcto, El Editor aplicará el que corresponda según la tarifa adjunta sin que ello suponga causa de renuncia para el cliente.

8. El anunciante u ordenante acepta expresamente que la dirección electrónica o el diseño de la WEB a la que se destina el banner publicitario pueda ser modificada en cualquier momento y los cambios en la ubicación de la publicidad que ello pueda representar.

9. Las facturas emitidas por El Editor sólo tendrán valor de notificación: en ningún caso se considerará que representan un justificante de pago. Sólo tendrán valor como justificante de pago el recibo o giro bancario debidamente firmado y sellado por El Editor o el resguardo del ingreso bancario. El impago de las facturas emitidas por El Editor generarán a favor de éste un interés de mora que se calculará a partir del vencimiento de la misma a razón del 16% anual. El Editor no aceptará reparos a sus facturas una vez transcurridos 60 días desde la fecha de emisión de éstas. Los reparos podrán remitirse por fax, correo electrónico u otro soporte documental debidamente acreditado.

10. Para cualquier discrepancia que pudiera surgir durante la ejecución o interpretación de las órdenes de publicidad se estará a lo dispuesto por los Tribunales de Córdoba.

11. La tarifa adjunta tendrá vigencia entre el 1 de septiembre de 2007 y el 1 de septiembre de 2008.



     

 

 

 

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